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La Sentencia 247/2024 de 5 de septiembre del Juzgado de 1ª Instancia  Nº 1 de Cangas de Onís estima íntegramente las pretensiones de nuestra cliente condenando al banco a la devolución de las cantidades pagadas indebidamente junto a los intereses legales así como la condena en costas a la parte contraria

A continuación transcribimos el contenido del resultado de sentencia

«Estimando íntegramente la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales Sr. en nombre y representación de Dª. _____ contra la entidad  BANCO, S.A., representado la Procuradora de los Tribunales Sra.____ , POR ALLANAMIENTO, DEBO DECLARAR Y DECLARO LA NULIDAD de la cláusula quinta del contrato de préstamo hipotecario. Y, como consecuencia de lo anterior, condene al  BANCO, al pago de 217,10€ que equivale a la mitad de los gastos de otorgamiento de la escritura pública de préstamo hipotecario, al pago de 232,00€ en concepto de gastos de gestoría y al pago de 84,85 € en concepto de gastos de inscripción en el Registro de la Propiedad.

Así como al pago de los intereses legales devengados desde la fecha en que se satisficieron indebidamente, hasta la fecha de pago efectivo.

Todo ello con expresa imposición de costas a la demandada

 

Agradecemos la confianza que nuestra clienta  ha depositado en nuestros servicios y celebramos junto con ella el éxito de este asunto