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La Lotería de Navidad es uno de los eventos más esperados en España, donde el sueño de ganar el famoso «Gordo» se convierte en una ilusión compartida por millones. Sin embargo, detrás de la alegría del premio también surgen dudas sobre su fiscalidad. A continuación, aclaramos los aspectos más importantes sobre cómo Hacienda interviene en los premios de la Lotería de Navidad.


¿Qué premios están sujetos a impuestos?

Desde 2020, los premios que superen los 40.000 euros están obligados a tributar. Por tanto:

  • Premios iguales o inferiores a 40.000 euros: están exentos de retención.
  • Premios superiores a 40.000 euros: tributan únicamente por la cantidad que exceda este límite.

Este régimen se aplica a los premios de Loterías y Apuestas del Estado, comunidades autónomas, ONCE y Cruz Roja Española.


¿Cuánto se queda Hacienda?

Hacienda aplica un gravamen del 20% sobre la parte del premio que excede los 40.000 euros. Veamos ejemplos prácticos:

  1. El Gordo (400.000 euros por décimo):
    • Exento: 40.000 euros.
    • Base imponible: 360.000 euros.
    • Retención: 20% de 360.000 = 72.000 euros.
    • Neto a percibir: 328.000 euros.
  2. Segundo premio (125.000 euros por décimo):
    • Exento: 40.000 euros.
    • Base imponible: 85.000 euros.
    • Retención: 20% de 85.000 = 17.000 euros.
    • Neto a percibir: 108.000 euros.
  3. Tercer premio (50.000 euros por décimo):
    • Exento: 40.000 euros.
    • Base imponible: 10.000 euros.
    • Retención: 20% de 10.000 = 2.000 euros.
    • Neto a percibir: 48.000 euros.

¿Cómo se efectúa la retención?

La retención del 20% se aplica directamente al cobrar el premio, por lo que el ganador recibe el importe neto. Esto simplifica la gestión, ya que no será necesario incluir el premio en la declaración de la renta, salvo en circunstancias específicas (ver apartado siguiente).


¿Hay que incluirlo en la declaración de la renta?

No es necesario incluir el premio en la declaración de la renta si ya se ha aplicado la retención al cobrarlo. Sin embargo:

  • Intereses o rendimientos generados: Si inviertes el dinero del premio o lo dejas en una cuenta bancaria que genere intereses, estos sí deberán declararse como rendimientos del capital.
  • Impuesto de Patrimonio: En caso de que el premio incremente significativamente tu patrimonio, podrías estar sujeto a este impuesto, aunque muchas comunidades autónomas lo tienen bonificado.

Premios compartidos: ¿Qué ocurre si el décimo tiene varios titulares?

Cuando un décimo premiado se comparte, Hacienda establece que:

  • La exención de 40.000 euros se reparte entre los cotitulares según su porcentaje de participación.
  • El beneficiario o gestor principal debe identificar a todos los participantes y sus respectivas cuotas de participación para evitar problemas fiscales.

⚠️ Cuidado con las donaciones: Si uno de los cotitulares cobra el premio completo y lo reparte posteriormente sin justificar la titularidad compartida, Hacienda podría considerarlo una donación, sujeta al Impuesto de Sucesiones y Donaciones.


Reventa de décimos y su fiscalidad

La reventa de décimos con sobreprecio está regulada:

  • Solo está permitida a vendedores autorizados y con un límite del 20% de recargo sobre el precio original.
  • En caso de ganar con un décimo revendido legalmente, no hay implicaciones fiscales adicionales para el comprador. Sin embargo, el vendedor debe estar regularizado fiscalmente.

¿Dónde y cómo se cobran los premios?

  1. Premios de hasta 2.000 euros: Se pueden cobrar en efectivo o por Bizum en cualquier administración de lotería.
  2. Premios superiores a 2.000 euros: Deben cobrarse en bancos autorizados (BBVA y CaixaBank), presentando el décimo premiado y el DNI.

Consejos para evitar problemas fiscales

  • Documentar los décimos compartidos: Dejar constancia escrita y clara de las participaciones.
  • Cobrar premios importantes en conjunto: Acudir al banco todos los titulares para evitar donaciones implícitas.
  • Invertir con cuidado: Informarse sobre las implicaciones fiscales de cualquier inversión realizada con el dinero ganado.

Conclusión

La Lotería de Navidad en España no escapa a la siempre presente Hacienda. Es fundamental conocer las normativas para evitar problemas y gestionar adecuadamente el dinero ganado. Si tienes dudas específicas, siempre es recomendable consultar con un asesor fiscal.