Pensión de alimentos: cálculo, impago, modificación y extinción
Guía completa para entender cómo se calcula la pensión alimenticia, qué hacer en caso de impago y cómo solicitar su modificación o extinción
En un divorcio o separación con hijos, la pensión de alimentos es uno de los aspectos más importantes y delicados que regula la ley. Garantiza que, pese a la ruptura, los menores mantengan cubiertas sus necesidades materiales y un nivel de vida acorde a lo que tenían antes de la separación.
En Asturias, como en el resto de España, existen dudas recurrentes: ¿Cómo se calcula la pensión de alimentos?, ¿qué hacer si no se paga?, ¿puede modificarse si cambian las circunstancias?, ¿cuándo deja de pagarse?
En esta guía te ofrecemos una explicación jurídica exhaustiva y actualizada para que sepas cómo actuar en cada caso.
1. ¿Qué es la pensión de alimentos y qué cubre?
La pensión alimenticia es la cantidad económica que un progenitor, normalmente el no custodio, debe abonar al otro para atender las necesidades de los hijos comunes. No se trata solo de comida, sino de todo lo que permite su desarrollo integral.
Incluye:
-
Alimentación y vestido.
-
Vivienda (alquiler o hipoteca, suministros, mantenimiento del hogar).
-
Educación (libros, material escolar, transporte).
-
Asistencia sanitaria no cubierta por la Seguridad Social.
-
Ocio básico y actividades cotidianas.
📌 Importante: No incluye gastos extraordinarios como ortodoncias, gafas, actividades extraescolares costosas o viajes escolares, que deben pagarse aparte y normalmente al 50 % salvo pacto distinto.
2. Cómo se calcula la pensión de alimentos en Asturias
No existe una fórmula legal exacta, pero los tribunales aplican criterios homogéneos y se apoyan en tablas orientadoras del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para establecer una base. Los factores clave son:
-
Necesidades reales del menor
-
Edad y etapa educativa (un niño de 3 años no tiene los mismos gastos que un adolescente en bachillerato).
-
Salud y posibles tratamientos.
-
Nivel de vida previo a la separación.
-
-
Capacidad económica de los progenitores
-
Ingresos netos (salario, rentas, prestaciones).
-
Patrimonio y recursos adicionales.
-
Cargas familiares adicionales.
-
-
Tipo de custodia
-
En custodia exclusiva, el progenitor no custodio suele pagar una pensión mensual.
-
En custodia compartida, puede no fijarse pensión salvo que exista gran desigualdad económica, en cuyo caso el que más gana aporta más para equilibrar.
-
-
Uso de las tablas del CGPJ
-
Orientan importes medios según ingresos y número de hijos.
-
No son vinculantes, pero en Asturias muchos jueces las utilizan como referencia inicial.
-
💡 Ejemplo práctico: Un progenitor con ingresos netos de 1.800 € y otro con 1.200 € para un hijo de 8 años podría dar lugar a una pensión aproximada de 300–350 € mensuales. Si la diferencia de ingresos es mayor, la cuantía sube.
3. Impago de la pensión de alimentos: consecuencias legales
El impago es una de las situaciones más graves y con más consecuencias jurídicas. Las vías de reclamación son:
A) Vía civil: ejecución de sentencia
-
Presentar demanda ejecutiva ante el mismo juzgado que dictó la pensión.
-
El juez requerirá el pago y, si no se cumple, podrá embargar salarios, cuentas bancarias, vehículos, devoluciones de Hacienda, etc.
-
Los créditos por alimentos tienen preferencia legal sobre otras deudas.
B) Vía penal: delito de abandono de familia
-
Art. 227 del Código Penal: impago durante 2 meses consecutivos o 4 alternos.
-
Pena: multa o prisión de 3 a 12 meses.
-
Se aplica cuando el deudor puede pagar y no quiere, no por simple insolvencia sobrevenida.
C) Intereses y actualización
-
El importe no pagado genera intereses legales.
-
También se puede reclamar la actualización por IPC no realizada.
D) Fondo de Garantía de Pensiones Alimenticias
-
Adelanta parte de la pensión en casos extremos y bajo requisitos económicos.
-
Es un recurso temporal para evitar que los menores queden desprotegidos.
4. Modificación de la pensión de alimentos
La cuantía fijada no es inmutable. La ley prevé su modificación si cambian sustancialmente las circunstancias económicas o las necesidades del menor.
Supuestos frecuentes:
-
Descenso o aumento significativo y duradero de ingresos.
-
Nuevas cargas familiares (otros hijos).
-
Incremento de gastos del menor por enfermedad o estudios.
-
Independencia económica del hijo.
Requisitos:
-
Demostrar el cambio con pruebas documentales (nóminas, contratos, informes médicos).
-
Solicitarlo judicialmente o por acuerdo homologado.
-
Hasta que haya nueva resolución, se debe seguir pagando la pensión anterior.
5. Extinción de la pensión de alimentos
La obligación se mantiene mientras el hijo no sea económicamente independiente.
No cesa automáticamente a los 18 años. Puede prolongarse si sigue estudiando o buscando empleo activamente.
Puede extinguirse si:
-
El hijo empieza a trabajar y tiene ingresos suficientes.
-
Hay abandono voluntario de estudios sin causa justificada.
-
Se acredita independencia económica estable.
6. Consejos prácticos
-
No dejes de pagar pensando que podrás “regularizarlo después”: las deudas se acumulan y pueden acarrear embargos y antecedentes penales.
-
Pacta siempre por escrito y, si es posible, en un convenio regulador homologado judicialmente.
-
Guarda todos los justificantes de pago.
-
Si eres el beneficiario, reclama de inmediato ante cualquier impago.
Preguntas frecuentes (FAQ)
-
¿La pensión de alimentos cubre el teléfono móvil o internet del menor?
Sí, si forman parte de sus necesidades ordinarias y habituales. -
¿Se puede acordar pagar en especie (ropa, comida) en lugar de dinero?
No es lo habitual ni recomendable. La pensión se fija en dinero para garantizar su control y cumplimiento. -
¿Si el menor pasa más días conmigo, puedo pagar menos?
Depende. Si hay cambio sustancial en el tiempo de convivencia, debe modificarse judicialmente. -
¿Qué pasa si el pagador recibe una herencia?
Puede revisarse la cuantía si aumenta de forma significativa su capacidad económica. -
¿En custodia compartida siempre se elimina la pensión?
No. Si hay gran desigualdad de ingresos, puede establecerse igualmente.