Patria potestad tras el divorcio: cómo resolver los desacuerdos entre progenitores
Aunque la patria potestad suele ser compartida, los conflictos pueden surgir tras la separación. Descubre cómo abordarlos legalmente y proteger el interés de tus hijos.
Tras un divorcio o separación, aunque la relación de pareja se extinga, la responsabilidad parental continúa. En la mayoría de los casos, ambos progenitores siguen ejerciendo de forma conjunta la patria potestad sobre los hijos menores. Esta figura jurídica implica tomar decisiones relevantes sobre aspectos fundamentales como la educación, la salud, la residencia habitual del menor o su representación legal.
En este artículo te explicamos qué es la patria potestad, cómo se ejerce tras una ruptura, y qué hacer si no existe acuerdo entre los padres. Todo ello desde el enfoque del derecho de familia en España y con especial atención al marco judicial en Asturias.
¿Qué es la patria potestad en derecho de familia?
De acuerdo con el artículo 154 del Código Civil, la patria potestad comprende el conjunto de derechos y deberes legales de los progenitores respecto a sus hijos menores no emancipados. Se ejerce siempre en beneficio del menor, promoviendo su desarrollo integral y respetando su autonomía según su grado de madurez.
Los principales contenidos de la patria potestad incluyen:
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Cuidado, crianza y educación: decidir sobre el colegio, la formación, las actividades, valores y entorno educativo del menor.
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Representación legal del hijo en actos jurídicos, trámites administrativos, autorizaciones médicas, etc.
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Administración de bienes del menor, si los tuviera.
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Determinación de la residencia habitual.
Incluso cuando existe una custodia exclusiva, lo habitual es que la patria potestad siga siendo compartida entre ambos progenitores.
¿Qué ocurre si los padres no se ponen de acuerdo?
La ley prevé que las decisiones trascendentales sobre los hijos deben ser tomadas conjuntamente por ambos padres. Si surgen discrepancias, se puede acudir al procedimiento previsto en el artículo 156 del Código Civil, a través de un expediente de jurisdicción voluntaria.
En estos casos:
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Cualquiera de los progenitores puede solicitar al juzgado de familia que resuelva el conflicto concreto (por ejemplo, elección de centro escolar, tratamiento médico o cambio de ciudad).
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El juez decidirá en función del interés superior del menor y podrá atribuir a uno de los progenitores la facultad de decidir sobre ese asunto puntual.
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Esta atribución no elimina la patria potestad del otro progenitor. Sólo resuelve ese desacuerdo concreto.
Si los desacuerdos son frecuentes y obstaculizan gravemente el ejercicio conjunto de la patria potestad, el juez puede, de forma excepcional, atribuir la patria potestad exclusiva por un tiempo limitado (hasta dos años), conforme prevé el Código Civil.
Casos especiales: patria potestad exclusiva y retirada judicial
La patria potestad exclusiva solo se concede en supuestos graves, como:
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Fallecimiento o desaparición de uno de los progenitores.
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Privación judicial de la patria potestad, por incumplimiento grave de los deberes parentales, maltrato, abandono o comisión de delitos contra el menor.
En el contexto de violencia de género, la ley permite suspender la patria potestad o limitarla para proteger a los menores, sobre todo en decisiones relativas a su salud mental o asistencia psicológica.
Recomendaciones para evitar conflictos por la patria potestad
Si bien existe la vía judicial, lo ideal es agotar antes las vías de diálogo o mediación familiar. Algunas claves útiles:
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Practicar una comunicación respetuosa y centrada en el bienestar del hijo.
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Evitar involucrar al menor en los conflictos: no usarlo como mensajero ni manipular su percepción del otro progenitor.
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Incluir en el convenio regulador acuerdos previos sobre salud, educación y traslados, para reducir futuros enfrentamientos.
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Contar con la ayuda de un abogado de familia experto, que asesore sobre cómo actuar sin perjudicar el vínculo familiar ni los derechos de los menores.
Conclusión: soluciones legales ante conflictos entre progenitores
La patria potestad compartida exige un mínimo de colaboración entre padres, incluso cuando existen desacuerdos. Cuando el diálogo no es posible, el ordenamiento jurídico español ofrece mecanismos para proteger el interés del menor y resolver legalmente los conflictos.
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